Diputados aprobaron también multas para conductores capitalinos que ’emplaquen’ sus vehículos en otros estados
STAFF/LIBRE EN EL SUR
El pleno del Congreso de Ciudad de México aprobó la madrugada de este miércoles, con 39 votos a favor y 16 en contra, el Código Fiscal para el 2022, del que la oposición presentó 22 reservas y sólo logró que le aprobaran dos.
Entre los lineamientos aprobado se incluye la obligación a Aplicaciones como Uber Eats, DiDi Food, Rappi, entre otras, adestinar el dos por ciento antes de impuestos de cada uno de los cobros que realicen para las operaciones de intermediación con terceros.
Se aclaró que el aprovechamiento, dicta el Código Fiscal, será intransferible a los trabajadores repartidores y a los consumidores finales.
Los diputados locales probaron por mayoría asimismo que las personas que adquieran vehículos nuevos en la Ciudad de México, y los emplaquen en otros estados, pese a vivir y circular en la Capital, podrán ser sancionados por la Tesorería con multas desde 521 y hasta 911 pesos.
El impuesto solo aplicará a quienes adquieran nuevos vehículos, pues la ley no es retroactiva y entrará en vigor una vez que sea publicado en la Gaceta Oficial.
De las dos únicas reservas opositoras aprobadas, una fue de la diputada del PRD, Polimnia Sierra Bárcena, para adicionar al artículo 307 Ter, para que “el aprovechamiento previsto en el presente artículo, podrá destinarse de madera preferente al mantenimiento de la infraestructura de la Ciudad de México”, que fue apoyada por mayoría.
La segunda reserva fue la presentada por la vicecoordinadora del PRI, Mónica Fernández César, sobre un artículo transitorio para que las multas impuestas a los propietarios o poseedores de automóviles que circulan en la Ciudad con placas de otras entidades, “no podrá aplicarse de manera retroactiva”.
“Esto significa que las multas aplicarán para quienes emplaquen en otras entidades con domicilio en la Ciudad de México a partir de enero de 2022 y no antes”, aclaró la priista.
Está aclaración en el decreto, “impide de facto que se puedan abrir nichos indebidos en el proceso de la aplicación de la ley, por lo que la propuesta concreta que presentó es la siguiente: En el transitorio no se aplicará de manera retroactiva la multa prevista en el artículo 464, fracción 3, del presente Decreto.
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