Al subsecretario se le investigará bajo el supuesto de homicidio, de acuerdo con los artículos 302 y 307 del Código Penal Federal, relativo a comisión por omisión, es decir desde su cargo como funcionario público, pues tenía la obligación de hacer todo lo posible a su alcance para evitar decesos por Covid-19.
El despacho Coello & Trejo inició una denuncia, en noviembre del 2020, en contra de Hugo López Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, por negligencia. El despacho actuó en representación de familiares de dos víctimas de Covid-19 en 2021.
La denuncia incluye falta de cuidado, negligencia y faltas al debido ejercicio de la función pública, por declaraciones emitidas por Gatell para minimizar los efectos de la pandemia. Entre las cuales destaca, motivar a no usar cubrebocas y demeritar la aplicación de pruebas de detección del virus, entre otros hechos.
Por ello, el 2 de mayo de 2023, un juez federal revocó la no acción penal y ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) indagar actos de omisión y/o delitos en los que pudo haber incurrido Gatell. Tal ordenamiento tiene lugar a menos de dos meses, cuando el 23 marzo de 2023, el Ministerio Público de la Federación había determinado el no ejercicio de la acción penal contra el subsecretario de Salud.
Arturo Medel Casquera, es el juez que revocó el mandato de impedimento para investigar a Gatell y otros funcionarios de la secretaría de Salud. Bajo el argumento de que deben investigar los hechos denunciados con base en el Código Penal Federal. Según el juez, se le investigará bajo el supuesto de homicidio, de acuerdo con los artículos 302 y 307 del Código Penal Federal, relativo a comisión por omisión. Es decir, se le investigará penalmente desde su cargo como funcionario público, pues tenía la obligación de hacer todo lo posible a su alcance para evitar decesos por Covid-19.
…es decir, tiene relación precisamente con lo establecido en el artículo 7 del Código en el sentido siguiente… delitos de resultado en materia atribuibles a resultado atípico producido al que omite impedirlo si éste tenía el deber jurídico de evitarlo” detalló el juez Arturo Medel Casquera”.
Casquera precisó, “durante la pandemia por Covid-19 el Gobierno federal nombró a Hugo López-Gatell como su vocero”, y por ello, los mensajes proferidos por él, eran dirigidos hacia la población en general. Por ello y bajo tales artículos del Código Penal Federal, ordenó a la FGR continuar con la investigación. Y de ese modo, desahogar más datos de prueba e incluso, investigar exhaustivamente los hechos señalados por Felipe Jiménez y Nayeli, colaboradores del despacho Coello & Trejo.
NOTIPRESS.
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