STAFF / LIBRE EN EL SUR
Por los hechos que derivaron en el derribo de 54 árboles y la afectación a siete trasplantes el pasado 4 de mayo sobre la calle Real de Mayorazgo, colonia Xoco, Alcaldía de Benito Juárez, la diputada Paula Soto Maldonado presentó una denuncia ante la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), y otra ante la Fiscalía Desconcentrada de Investigación en Delitos Ambientales y en Materia de Protección Urbana de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (FEDAPUR).
Ambas denuncias se presentaron en contra de las personas responsables del proyecto arquitectónico denominado “Mítikah, Torre Residencial”, así como de quien resulte responsable por los hechos, actos y omisiones que han producido y continúan produciendo desequilibrio ecológico, daños al ambiente y a los recursos naturales.
En la denuncia presentada por la legisladora juarense ante la PAOT, se cuestiona si la emisión de las autorizaciones en materia de Impacto Ambiental, emitidas por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, durante la pasada administración, se produjo conforme a lo que establece la legislación y las normas ambientales, a efecto de garantizar el menor daño posible al ambiente y al equilibrio ecológico.
Como parte de los puntos petitorios de dicha denuncia, se solicita se realice una verificación técnico-administrativa para determinar si las autorizaciones en materia de Impacto Ambiental, emitidas por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, se otorgaron conforme a lo que establece la legislación y las normas ambientales; asimismo, se pide la emisión de un dictamen técnico, en virtud de los daños y perjuicios ocasionados al medio ambiente, por el derribo del arbolado en Real de Mayorazgo en la colonia Xoco.
En la denuncia interpuesta ante la FEDAPUR, presentada en contra de las personas responsables del desarrollo inmobiliario Mítikah, así como de quien resulte responsable por los daños al medio ambiente y a los recursos naturales y que pueden ser constitutivas de delitos contra la Gestión Ambiental, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 345 bis, 349, 349 bis, 349 ter y 350 del Código Penal Para el Distrito Federal.
Cabe destacar, que en el artículo 345 BIS del Código Penal Para el Distrito Federal, establece que se le impondrán de tres meses a cinco años de prisión y de 500 a dos mil días de multa, al que derribe, tale o destruya parcialmente u ocasione la muerte de uno o más árboles.
En la denuncia se solicita iniciar la investigación de los hechos que derivaron en el derribo del arbolado y la afectación a siete trasplantes más y se ofrecen como prueba todas y cada una de las documentales públicas que obren en los archivos de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México y de la Alcaldía de Benito Juárez, que se encuentren relacionadas al proyecto constructivo “Mítikah Torre Residencial”.
comentarios