MARÍA ELENA MESTA FERNÁNDEZ
Esta semana llamaron mi atención tres hechos relacionados con el del proceso de reforma de la Ley de Participación Ciudadana. Por un lado, llegó a mis manos un documento de la Comisión de Participación Ciudadana de dicho congreso, denominado “Foro de Análisis Rumbo a la Nueva Ley de Participación Ciudadana” en el cual se narran los antecedentes, las actividades y conclusiones de este foro en el cual participaron académicos y estudiosos del tema. Por otra parte, tuve la oportunidad de constatar la forma en que se llevó a cabo “La Ruta por las Alcaldías” en Benito Juárez el pasado 16 de marzo, asi como de asistir el día 18 de este mes al recinto legislativo de la Ciudad de México para escuchar las propuestas del Diputado Héctor Barrera del PAN sobre el tema.
Derivado de estos hechos me surgieron algunas reflexiones sobre el proceso que sigue el Congreso de la CDMX para la reforma de la Ley de Participación Ciudadana de la CDMX. Y es que pareciera que, en el intento de buscar nuevos paradigmas en la concepción del gobierno y la gobernanza, los legisladores olvidan tres puntos fundamentales que habría que considerar en el proceso de reforma de esa legislación:
- Por un lado, no se debiera desestimar que la Ley de Participación Ciudadana actual encierra en sí todo un modelo de participación que antes de ser reformado requiere ser evaluado para contar con diagnóstico serio sobre el estado actual de la participación ciudadana y cómo funcionan los instrumentos jurídicos de participación ciudadana vigentes
De contar con un diagnóstico tal vez nos ayudaría a definir, primero, cuáles son los problemas o causa raíz de una deficiente participación ciudadana y, segundo, si estos problemas se resuelven a través de leyes o más bien mediante el desarrollo de políticas públicas que generen condiciones favorables para la aplicación efectiva de la Ley de Participación Ciudadana vigente.
En este sentido, conocer cuáles son los vacíos, deficiencias o insuficiencias de la Ley de Participación Ciudadana actual resulta fundamental para definir cuáles son los elementos que debieran ser considerados para su fortalecimiento.
- En segundo lugar, si lo que se busca es desarrollar una ley secundaria que cumpla con los preceptos de la nueva Constitución Política de la CDMX en materia de participación ciudadana, entonces bien valdría la pena que nuestros legisladores hacer un análisis de congruencia entre la Constitución y la Ley de Participación Ciudadana vigente, para asi identificar qué aspectos se requieren reformar en aras de buscar su fortalecimiento.
- En tercer lugar, destaca como otra ausencia importante en el proceso de reforma a la Ley de Participación Ciudadana el que no se haya hecho aún un análisis sobre la falta de aplicación efectiva de la legislación vigente, me refiero a todos los obstáculos que han impedido que los mecanismos e instrumentos de participación se desempeñen de manera efectiva.
- Por último, sorprende en verdad, que tratándose este proceso de una reforma a la Ley de Participación Ciudadana no se haya invitado aun a participar a los consejos y comités ciudadanos como órganos de representación ciudadana
Hechas las reflexiones anteriores, tal vez entonces la Comisión de Participación Ciudadana del Congreso estén en condiciones de pueda tomar una decisión acertada respecto de si se requiere una nueva Ley de Participación Ciudadana o si más bien se requiere, una reforma dirigida a fortalecer los mecanismos, espacios e instrumentos de participación ciudadana existentes conforme a los preceptos y principios que marca la constitución.
Tal vez sea momento de entrar a un análisis serio sobre cuáles son los factores que impiden la participación de los habitantes de las demarcaciones territorial en los asuntos públicos que sean de su interés. Es tiempo de atender a los resultados de estudios más consolidados como el que contiene la Estrategia Nacional de Cultura Cívica (ENCCIVICA) y en el que es claro que los problemas de la falta de participación ciudadana están lejos de resolverse con una nueva ley.
Hoy por hoy tanto la constitución de la CDMX como la Ley de Participación Ciudadana hablan de: a) garantizar el pleno respeto de los derechos humanos y los principios de no regresividad y progresividad de estos derechos; b) de garantizar se otorguen los apoyos necesarios a los órganos de participación ciudadanos para su buen funcionamiento. Habría que preguntarse, porqué estando garantizados en la ley estos derechos no se respetan actualmente.
Se requiere un ejercicio serio de participación en el que los consejos, comités, organizaciones civiles y expertos puedan analizar y evaluar objetivamente como se pueden fortalecer los órganos de representación ciudadana y demás instrumentos, mecanismos y espacios de participación ciudadana vigentes.
Si queremos ver un verdadero cambio en la CDMX en materia de participación ciudadana entonces tendremos que asegurarnos que los siguientes asuntos se vean reflejados en las iniciativas de reformas a la Ley de Participación Ciudadana:
- El ejercicio y goce efectivo de los derechos humanos reconocidos en los ámbitos nacional e internacional
- Establecimiento de los mecanismos e instrumentos a través de los cuáles el Instituto Electoral de la CDMX, en coordinación con otras entidades y dependencias de la CDMX (PAOT, PROSOC, CDHCDMX entre otras), deberá brindar capacitación, asesoría y educación a los Consejos y comités ciudadanos
- Establecimiento de los mecanismos e instrumentos a través de los cuáles el Instituto Electoral de la CDMX, en coordinación con otras entidades y dependencias de la CDMX, deberá promover la cultura cívica entre la población.
- Establecimiento en el presupuesto de egresos del ejercicio fiscal correspondiente, de los recursos suficientes para el respeto, protección, promoción y garantía de los derechos humanos de los integrantes de los Consejos y Comités Ciudadanos de las alcaldías, asi como para destinar los recursos suficientes para que los Comités y Consejos Ciudadanos estén en capacidad de cumplir con las funciones que les son propias conforme a la legislación aplicable. (Difusión pública y gestión ciudadana)
- Fortalecimiento de las capacidades de los órganos de representación ciudadana para que estos estén en posibilidad de realizar las funciones que por ley tienen asignadas;
- Prever mecanismos efectivos de control y rendición de cuentas de las comités y asambleas.
- Prever mecanismos efectivos de control de las alcaldías y del gobierno central para que las autoridades promuevan efectivamente la participación a través de espacios de articulación con los gobiernos delegacionales o central.
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