POR DALIA H. PÉREZ MEDINA
El 5 de febrero de 2017 se publicó la Constitución de la Ciudad de México como resultado de la Reforma Política de 2016, se dijo que esto era importante porque dotaba a la Ciudad de mayor autonomía, certeza jurídica y porque así se garantizaban los derechos de la ciudadanía. Lo más difundido fue el cambio de nombre de Distrito Federal a Ciudad de México y de Delegaciones a Alcaldías pero, a 3 años de este evento, ¿Qué más ha cambiado?
A nivel local hubo dos cambios relevantes:
- Las Alcaldías serán gobernadas por un alcalde/alcaldesa y por un concejo integrado por entre 10 a 15 concejales dependiendo del número de habitantes que haya en la demarcación y,
- Los alcaldes/alcaldesas y el concejo podrán ser reelectos para el mismo cargo por un período adicional.
Estas modificaciones están encaminadas a ser mecanismos de control democrático pero, ¿Qué tan democráticos son estos cambios? Cuando eran Delegaciones las decisiones estaban concentradas únicamente en el delegado, actualmente se pretende que el concejo “supervise y evalúe las acciones de gobierno, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del Proyecto de Presupuesto de Egresos”.
Sin embargo, cabe resaltar que el concejo es electo por mayoría relativa (60%) y representación proporcional (40%) y se establece que ningún partido político podrá contar con más del 60% de los concejales. Aunque queda claro que, si el Alcalde tiene el 60% de los concejales esto ya es mayoría y por lo tanto la aprobación de decisiones o proyectos no tendrán discusión u oposición. Actualmente, en los concejos hay mayoría de un sólo partido. ¿Este mecanismo abona a la discusión democrática?
Respecto al segundo punto la hipótesis es que los ciudadanos premian o castigan con base en el desempeño gubernamental que se tuvo en el período pero, ¿los ciudadanos cuentan con información clara y útil sobre cómo gobiernan las Alcaldías para decidir o no reelegir a estos representantes? La respuesta más cercana es no. Si usted visita la sección de transparencia de su Alcaldía se percatará que hay grandes deficiencias de información pública de suma importancia como lo es el ejercicio del presupuesto en programas sociales o las contrataciones realizadas hasta el momento. Desde el gobierno local hay otros canales como comunicación social y la página oficial pero, ¿ésta información nos permite tener una opinión veraz del funcionamiento gubernamental?
A pesar de que la Constitución de la Ciudad de México introdujo cambios de forma donde señala a las Alcaldías como “el orden de gobierno más próximo a la población de la Ciudad y que sus instituciones se fundamentan en un régimen democrático, representativo, de participación ciudadana, así como en los preceptos del buen gobierno.”, de fondo no hay avances relevantes en cuanto a los principios de transparencia, de cercanía con la ciudadanía, de fomento a la participación ciudadana y al buen gobierno.
Sin información y sin debate no se fortalece la democracia, para tener un gobierno local democrático es necesario fortalecer los mecanismo de dos lados. Por ello, urge que por parte de la Alcaldía se tengan canales de comunicación directos entre los representantes públicos y la ciudadanía para conocer qué decisiones se toman sobre los problemas públicos. Urge que sean más proactivas en la publicación y difusión de información pública y en la rendición de cuentas. Por parte de la ciudadanía es necesario que se tenga un papel más proactivo, que esté enterada sobre lo que sucede en su localidad y que exija respuestas y soluciones a las autoridades.
Finalmente, los mecanismos democráticos sin sustentos fuertes pueden resultar en apariencias, un concejo sin debate no funciona para llegar a acuerdos y una reelección sin información puede ser una herramienta clientelar que permita perpetuar partidos en el poder.
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