Ciudad de México, mayo 5, 2025 12:15
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¿Quién puede vetar la nacionalidad española a Beatriz Gutiérrez Müller?

La nacionalidad española no es solo una figura jurídica sujeta a reglas objetivas, sino también, en ciertos casos, un acto con implicaciones políticas y diplomáticas.

En España, la concesión de la nacionalidad puede realizarse por diversas vías: residencia, opción, posesión de estado, carta de naturaleza o, en casos especiales, por haber sido sefardí de origen español.

STAFF / LIBRE EN EL SUR

La solicitud de nacionalidad española por parte de Beatriz Gutiérrez Müller, escritora e historiadora mexicana, ha despertado controversia tanto en círculos políticos de México como en medios de comunicación españoles. Más allá de la polémica pública, el caso permite revisar a fondo quiénes tienen facultades reales para vetar o denegar una nacionalidad en España, según la legislación vigente y el marco institucional del Estado.

En España, la concesión de la nacionalidad puede realizarse por diversas vías: residencia, opción, posesión de estado, carta de naturaleza o, en casos especiales, por haber sido sefardí de origen español. Cada una tiene sus propios requisitos, pero todas desembocan en una resolución administrativa que debe ser validada por el Estado. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, dependiente del Ministerio de Justicia, es el órgano técnico responsable de tramitar y resolver sobre la mayoría de las solicitudes. Puede denegar la nacionalidad si el solicitante no acredita residencia legal, buena conducta cívica, integración suficiente, ausencia de antecedentes penales o veracidad documental. A ello se suman los informes reservados que pueden ser solicitados a otras instancias del Estado.

Uno de los aspectos más sensibles del procedimiento es la emisión de estos informes, especialmente por parte de la Dirección General de la Policía o del Centro Nacional de Inteligencia (CNI). Aunque no forman parte del expediente público, son determinantes cuando existe alguna sospecha sobre la seguridad del Estado, el orden público o la política exterior. Esto cobra particular relevancia en el caso de figuras públicas como Gutiérrez Müller, quien acompañó desde el ámbito institucional a un gobierno que en 2019 exigió una disculpa al Estado español por la Conquista. Si bien tales antecedentes no constituyen motivos explícitos para negar la nacionalidad, la discrecionalidad de los informes permite que estos factores sean considerados sin necesidad de motivación formal.

Especial atención merece la figura de la carta de naturaleza, una vía excepcional para adquirir la nacionalidad española. A diferencia de otras formas, esta no requiere el cumplimiento estricto de requisitos, pero sí depende enteramente de una decisión discrecional del Consejo de Ministros. En estos casos, el Gobierno puede otorgar o no la nacionalidad por razones de interés público, culturales o diplomáticas, sin estar obligado a justificar su resolución. Así, incluso cuando el expediente reúne condiciones favorables, basta con que el Consejo se abstenga de emitir el acuerdo para que el trámite quede sin efecto.

Una vez aprobada por el Consejo de Ministros, la nacionalidad se formaliza mediante Real Decreto, que debe ser sancionado por el rey. Sin embargo, en el marco de la monarquía parlamentaria establecida por la Constitución de 1978, el papel del monarca es estrictamente simbólico y carece de autonomía: no tiene poder de veto ni capacidad para revertir la decisión del Gobierno. Su firma, aunque imprescindible, es un acto protocolario.

Si la solicitud es rechazada, el solicitante tiene la posibilidad de recurrir ante la Audiencia Nacional, que puede revisar si hubo vulneración de derechos o desviación de poder. No obstante, el margen de acción judicial es muy reducido en los casos en que la decisión se haya basado en criterios no reglados, como sucede con la carta de naturaleza.

Por tanto, la nacionalidad española no es solo una figura jurídica sujeta a reglas objetivas, sino también, en ciertos casos, un acto con implicaciones políticas y diplomáticas. En el caso de Beatriz Gutiérrez Müller, su perfil institucional y el simbolismo de su solicitud podrían influir decisivamente en el curso del expediente. Aunque la ley no contempla “motivos ideológicos” para denegarla, el marco jurídico vigente permite que elementos de carácter político influyan en la resolución final.

En síntesis, el Ministerio de Justicia puede denegar una solicitud si no se cumplen los requisitos legales. La Policía Nacional y el CNI pueden emitir informes reservados que afecten la valoración del expediente. El Consejo de Ministros tiene la última palabra en la carta de naturaleza, mientras que la Audiencia Nacional solo puede intervenir si se demuestra una ilegalidad manifiesta. El rey, finalmente, sanciona formalmente la decisión sin capacidad de alterarla.

La nacionalidad, en definitiva, no solo se otorga con base en el cumplimiento de la ley, sino también en función de la oportunidad política. Y en ciertos casos, como el que hoy ocupa la atención pública, esa decisión puede estar más cerca de una señal diplomática que de un trámite burocrático.

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