Ciudad de México, noviembre 21, 2024 10:17
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Ejercer el derecho a la transparencia

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POR DALIA H. PÉREZ / ARKEMETRÍA

La política de transparencia y acceso a la información pública en México llegó para quedarse, desde el año 2000 el trabajo y las exigencias de la sociedad civil iniciaron el debate sobre una legislación que abriera al escrutinio de la ciudadanía la información y el quehacer de las instituciones gubernamentales sobre el ejercicio del presupuesto y la justificación de las decisiones públicas. Para ese entonces había un ánimo extendido sobre la democracia que permitía poner en la agenda pública temas como la participación ciudadana, la rendición de cuentas y la transparencia a un sistema que hasta ese entonces se le había llamado la caja negra. A partir de aquí la transparencia y el Derecho de Acceso a la Información (DAI) han ido permeando a nivel jurídico, institucional y cultural en todos los niveles de gobierno y en la sociedad. Ahora, después de casi dos décadas de historia y con un gobierno nuevo que genera gran expectativa sobre el combate a la corrupción ¿Cuál es la situación de la política de transparencia y el DAI?

Para llegar a esa respuesta veamos de manera general cuáles han sido los pasos y los peldaños que se han colocado para esta política. Fue en el año 2001 cuando el Estado de Jalisco sentó el precedente con la aprobación de la primera ley en el país sobre Transparencia e Información Pública, donde se habló sobre el derecho, la información pública y reservada, el procedimiento para el acceso, los plazos de respuesta, el recurso de revisión y el juicio de impugnación así como de las sanciones por no acatar las disposiciones de la ley.

Foto: Cuartoscuro

Posteriormente en 2002 se aprueba la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental en la cual se considera la  creación del Instituto Federal[1] que tutelará estos derechos, se mencionan los sujetos obligados en donde además de los tres poderes de la unión se integran los órganos autónomos, los tribunales administrativos y cualquier otro órgano federal, se enlistan las 17 obligaciones de transparencia que van desde las remuneraciones mensuales por puesto, la información sobre el presupuesto asignado, las contrataciones de obra pública y hasta los mecanismos de participación ciudadana. Otro de los punto relevantes de la ley fue la conformación de las unidades de enlace que serían las encargadas en cada institución de recibir las solicitudes de información de los ciudadanos, turnarlas a las áreas administrativas correspondientes, gestionar y entregar la información. Integrar estas nuevas disposiciones fue un reto institucional grande.

Aquí ganamos un derecho como ciudadanos, ganamos una ventana por la que podíamos asomarnos a nuestras instituciones que antes habían sido monolitos. Sin embargo, hay que decir que uno de los retos a nivel de la sociedad fue saber que contábamos con un nuevo derecho, conocer para qué servía y cómo podíamos utilizarlo.  Es curioso mirar las estadísticas y ver como el número de solicitudes de información hechas por los ciudadanos van aumentando año con año[2], prueba de que se avanza, despacio, pero hacia adelante.

Y a todos estos cambios a nivel jurídico, institucional y cultural se sumarían otros, en el entonces Distrito Federal llegaron la ley de 2003 que garantizaba el DAI a los capitalinos, la ley de 2005 que creó el Instituto de Información Pública del D.F., la ley de 2008 que amplió la lista de sujetos obligados a partidos políticos y a todas las organizaciones que recibieran recursos públicos, la ley de 2011 “(…) en donde se estableció la prohibición de clasificar la información relativa a violaciones graves de derechos humanos”[3]. Para esta fecha el tema se había difundido en todo el país, sin embargo, cada Estado dictaba sus leyes locales con base en criterios propios e, inclusive, había Estados que aún no contaba con una ley como Colima. Por ello, en 2015 se publica la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que tuvo por objetivo establecer un piso básico para que las entidades armonizaran sus leyes locales y se crearan leyes con base en estos lineamientos generales.

Con dicha ley general se amplió la lista de obligaciones de transparencia, se integraron nuevos sujetos obligados como los sindicatos y las universidades, se inició la creación de la Plataforma Nacional de Transparencia, se establecieron las características que debían tener los portales de transparencia, se habló de formatos de datos abiertos, entre otras. Como podemos ver la transparencia y el DAI vienen de un largo camino y en él ha habido muchos retos, muchas resistencias del poder político, muchas deficiencias, sin embargo, el derecho ahí está para que la ciudadanía pueda aprovecharlo.

Actualmente, el Presidente López Obrador señala en sus discursos que la corrupción se ha terminado y que su gobierno es honesto, también ha comentado que el INAI no funciona, que cuesta muchísimo y que hubo corrupción desde su fundación[4] pero, como hemos visto, la transparencia y el DAI son derechos y ventanas de posibilidad para saber qué hacen nuestros gobiernos, cómo gastan el presupuesto público, exigir rendición de cuentas, posibilitar la participación de la ciudadanía y detectar y evidenciar la corrupción. Lo que necesitamos es conocer nuestros derechos, ejercerlos y exigir al poder público, no discursos, no palabras, hechos. Como vimos, la política de la transparencia y el DAI ha venido avanzando en nuestro país, se ha ido perfeccionando e impregnado en la cultura y aunque ahora hay muchos retos y problemas que resolver es algo que ha ganado la ciudadanía. Queda seguir avanzando, ejercer los derechos es una forma de defenderlos y afianzarlos.

[1] Con la ley del 2015 pasa a ser El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI)

[2] De acuerdo al InfoDF, en el año 2006 se recibieron 6´621 solicitudes de información, en 2009 fueron 96´233, en 2013 se registraron 103´430 y para 2018 fueron 155´511. Consultado en: http://www.infodf.org.mx/datos/

[3] Peschard Jacqueline (Coord.), Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personas y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, 2018, pp. 20.

[4] Consultar en: https://www.youtube.com/watch?time_continue=125&v=6rYiGcoE53Y

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