Ciudad de México, noviembre 24, 2024 16:15
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Revoca Tribunal de lo Contencioso permisos de construcción del edificio irregular de Millet 39; deberá ser demolido

A partir de un juicio de lesividad interpuesto por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del DF (SEDUVI), el Tribunal de lo Contencioso Administrativo capitalino aprobó una sentencia que declara la nulidad de la Constancia de Zonificación de uso de suelo de la construcción ubicada en Millet 39, colonia Insurgentes Extremadura de la delegación Benito Juárez, por lo que el edificio prácticamente terminado deberá ser demolido.

Al dar a conocer lo anterior, la asociación Vecinos del Parque Hundido, como tercero perjudicado, informó en conferencia de prensa que la SEDUVI basó su demanda, iniciada el 11 de junio de 2010, en el hecho de que la empresa constructora Grupo Rouz presentó documentación apócrifa para supuestamente comprobar el uso del suelo, argumentando falsos derechos adquiridos, al tramitar la respectiva licencia de construcción.

“Fue a consecuencia de nuestras denuncias que la Seduvi inició el juicio de lesividad para solicitar la nulidad de la constancia de zonificación de uso del suelo (folio 024272 de 1990) por diversas irregularidades detectadas”, explicó el dirigente vecinal Héctor Rojas. “La sentencia del Tribunal de lo Contencioso es un gran triunfo ciudadano. Ahora corresponde a la autoridad, ya sea delegacional o del gobierno del Distrito Federal, ordenar la demolición total del inmueble con cargo al propietario, como marca la Ley”.

Rojas –a quien acompañaron dirigentes vecinales de diversas colonia de la DBJ y del Frente Amplio Contra la Supervía Poniente– recordó que ya en 2009 la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial del DF (PAOT) había emitido una recomendación dirigida al actual jefe delegacional en Benito Juárez, Mario Palacios Acosta, en la que pedía la demolición de esa construcción, dadas las irregularidades detectadas. La obra fue clausurada en octubre de 2009 por la secretaría del Medio Ambiente y posteriormente por la delegación Benito Juárez.

La PAOT estableció que “con solicitudes de constancia de uso de suelo apócrifas se hicieron valer derechos adquiridos para registrar manifestación de construcción para 70 viviendas en cinco niveles (8,994.96 m²) y para solicitar la terminación de obra, cuando la Seduvi expidió el certificado de uso de suelo folio MORO1640007, con tres niveles de construcción permitidos en una superficie máxima 4,767.07m².

Vecinos del Parque Hundido fue promotora de la impugnación a otra obra ubicada en la calle Millet, en el número 72, que se edificaba en un predio enclavado en pleno Parque Hundido. Finalmente, se consiguió que la obra fuera clausurada y que el gobierno del DF la adquiriera para efectuar su demolición y la construcción en su lugar de una rampa de acceso al parque para personas discapacitadas, la cual está totalmente terminada.

El TCADF aclara en su sentencia de fecha 25 de noviembre de 2011 (oficio 12963/2009) que conforme a derecho que las partes podrán interponer contra su resolución “los medios de defensa previstos por la Ley de Amparo”.

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