Ciudad de México, octubre 24, 2026 10:04
Ciudad de México Medio ambiente

Hoy No Circula Sabatino: autos que descansan este sábado 24

Las restricciones aplican de 5:00 a 22:00 horas para vehículos con holograma 2, holograma 1 con terminación par y foráneos.

Infringir la disposición ambiental en el Valle de México amerita sanciones económicas de hasta 3 mil 519 pesos y la remisión del auto al corralón.

STAFF/LIBRE EN EL SUR

Este sábado 24 de octubre entra en vigor de forma ordinaria el esquema sabatino del programa ambiental Hoy No Circula en toda la Zona Metropolitana del Valle de México. La disposición preventiva, administrada y supervisada de manera conjunta por las secretarías del Medio Ambiente de la Ciudad de México y del Estado de México a través de la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe), tiene como propósito fundamental controlar y limitar la emisión de gases y partículas contaminantes a la atmósfera, reducir la formación de ozono troposférico y resguardar la salud pública de los millones de habitantes de la cuenca metropolitana.

La aplicación de esta medida de movilidad urbana se rige bajo el esquema de rotación estipulado en el reglamento oficial para el cuarto sábado de cada mes. En esta fecha específica, la restricción de tránsito vehicular de carácter obligatorio se extiende a la totalidad de los automóviles particulares que porten el holograma de verificación 2, independientemente de la terminación numérica de sus placas de circulación o del color del engomado con el que cuenten.

De igual manera, el programa establece la suspensión temporal de la circulación para los vehículos catalogados con el holograma de verificación 1 cuyo último dígito numérico de la matrícula sea par, es decir, las terminaciones 0, 2, 4, 6 y 8. Por el contrario, los vehículos con holograma 1 cuyas placas concluyan en dígito impar (1, 3, 5, 7 y 9) quedan plenamente autorizados para transitar en esta jornada por corresponderles el descanso vehicular únicamente durante el primer y el tercer sábado de cada mes.

En lo relativo a las unidades automotrices matriculadas en otras entidades federativas distintas a las que integran la Megalópolis o en el extranjero (vehículos foráneos), la normativa precisa que deberán acatar la suspensión total de circulación dentro de la Zona Metropolitana del Valle de México durante el horario comprendido de las 05:00 a las 22:00 horas, salvo que posean una verificación vehicular voluntaria realizada y homologada en los centros autorizados de la capital o cuenten con un Pase Turístico vigente expedido por la autoridad ambiental.

Excepciones y vehículos exentos de la restricción

Las autoridades ambientales y de vialidad metropolitanas precisan que el programa sabatino contempla excepciones puntuales para asegurar el adecuado abastecimiento de bienes, la prestación continua de servicios esenciales y la movilidad de sectores prioritarios en la capital del país.

En este marco, pueden transitar libremente y sin restricción alguna por la terminación de su matrícula los vehículos que porten los hologramas de verificación “00” (doble cero) y “0” (cero). De la misma manera, se encuentran plenamente exentos de toda limitación de circulación los automóviles eléctricos e híbridos inscritos formalmente en el padrón de exención ambiental otorgado por las autoridades correspondientes.

Adicionalmente, se autoriza el libre tránsito para las siguientes categorías de vehículos:

  • Transportes adaptados o utilizados de forma habitual para el traslado de personas con discapacidad, siempre que cuenten con el permiso formal o las placas con el logotipo oficial otorgado por las dependencias de tránsito competentes.
  • Vehículos de emergencia en servicio activo, entre los que se incluyen ambulancias, unidades de rescate, camiones del cuerpo de bomberos y patrullas de las dependencias de seguridad ciudadana.
  • Unidades destinadas al servicio público de transporte colectivo de pasajeros, tales como autobuses, microbuses, unidades del sistema Metrobús y taxis autorizados que operen bajo una concesión formal vigente.
  • Transportes de carga dedicados a la distribución de productos perecederos, insumos médicos, alimentos, agua potable o residuos peligrosos, ajustándose estrictamente a las especificaciones y normativas de seguridad aplicables.
  • Vehículos utilizados por empresas de servicios funerarios que se encuentren realizando traslados de cuerpos o formando parte de un cortejo en activo.
  • Automóviles dedicados al transporte escolar que cuenten con la debida acreditación institucional y la documentación oficial en orden.

Cobertura geográfica y operativos de supervisión

El perímetro de aplicación en el que opera de forma estricta la restricción vehicular sabatina abarca la totalidad de las 16 alcaldías que conforman la Ciudad de México: Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza y Xochimilco.

En el territorio del Estado de México, el esquema restrictivo aplica de forma puntual en los 18 municipios conurbados que integran la cuenca metropolitana: Atizapán de Zaragoza, Coacalco de Berriozábal, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Chalco, Chicoloapan, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Huixquilucan, Ixtapaluca, La Paz, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, Nicolás Romero, Tecámac, Tlalnepantla de Baz, Tultitlán y Valle de Chalco.

La labor de vigilancia, inspección y verificación del cumplimiento estricto de las disposiciones del Hoy No Circula recae de manera exclusiva en el personal autorizado de la Policía de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) en el ámbito de la Ciudad de México, así como en las patrullas de inspección ambiental y agentes de vialidad de la Secretaría del Medio Ambiente estatal en la jurisdicción mexiquense.

Sanciones económicas y cobros por inmovilización vehicular

Los automovilistas que decidan ignorar las restricciones impuestas por la normativa ambiental y circulen en unidades no autorizadas durante la jornada sabatina se expondrán a severas sanciones de carácter administrativo, además de la retención inmediata del vehículo.

De conformidad con los reglamentos de tránsito aplicables en la Ciudad de México y el Estado de México, la multa por circular en un día prohibido se calcula con base en el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. La penalización económica se ubica dentro de un rango que va de las 20 a las 30 UMA.

Tomando en consideración los valores oficiales vigentes para la UMA, el monto de la sanción económica para los infractores oscila entre los 2 mil 346 pesos y los 3 mil 519 pesos. A este costo directo de la infracción debe agregarse el importe económico generado por el remolque y traslado de la unidad automotora al depósito vehicular oficial (corralón), además de las tarifas diarias vigentes que se acumulen por concepto de custodia y estancia del automóvil en el depósito.

Frente a este panorama, las dependencias ambientales recomiendan a todos los conductores y propietarios de vehículos revisar previamente la vigencia de sus certificados de verificación vehicular, confirmar la numeración final de la placa de circulación y planificar oportunamente sus traslados durante el fin de semana para prevenir afectaciones patrimoniales y coadyuvar en la preservación de la calidad del aire metropolitano.

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