Ponen barra de café en Eje 7 Sur de la colonia Del Valle como extensión de ¡una peluquería!
El 'Coffee and Run'. Foto: Libre en el Sur
Funciona cafetería Coffee and Run sin sanción ni clausura en plena banqueta
Negocio se aprovecha de la instalación tolerada por norma temporal de terrazas para restaurantes en las calles… pero sin tener local.
STAFF / LIBRE EN EL SUR
Aprovechánose de una regulación temporal que permite la ampliación de restuarantes y cafeterías en terrazas sobre arrollos vehiculares y banquetas, una cafetería funciona sin dismulo alguno en el espacio público, en plena esquina de Patricio Sánz y el Eje 7 Sur Félix Cuevas, en la colonia Del Valle, como amplación de… ¡una peluquería!
Efectivamente, se trata del negocio Coffee and Run, instalado con una estructura metálica y plásticos que no cuenta con mayor inversión que una barra de madera y la cafetera para preparar la popular bebida y las combinaciones que cada vez atraen más a los jóvenes. Obviamente lo hace al margen de la ley, pues la regulación solo es permitida para los establecimientos de alimentos y bebidas que ya funcionaban antes de la pandemia en locales formales.
A través del programa capitalino “Ciudad al aire libre”, las terrazas de los restaurantes –no de las peluquerías u otros giros comerciales– fue inicialmente una alternativa para que los negocios pudieran funcionar durante parte de la pandemia dando mayor seguridad a sus clientes, pues como se ha dicho reiteradamente, los contagios en el exterior son mucho menos frecuentes.
En el caso referido, no existió antes frente a esta peluquería ningún otro negocio, ni el café es o fue parte del local formal establecido sobra la avenida Félix Cuevas. Se trata de un puesto para la venta informal de bebidas calientes, solo que con un aspecto lindo.
En la página de la Secretrái de Economía del gobierno capitalino se expone claramente que el programa está limitado a la “colocación de enseres e instalaciones en vía pública para establecimientos mercantiles cuyo giro preponderante sea la venta de alimentos preparados”, según lo publicado en la Gaceta Oficial del 27 de abril del 2022 y tras el pago de 3000 pesos.
Pero ni siquiera es que cualquier establecimiento formal donde se venden alimentos y bebidas puede operar per se con la colocación de enseres en las calles. Además de que hay zonas autorizadas para ello, los dueños de estos establecimientos deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Nombre de la persona titular o representante legal del establecimiento mercantil, así como domicilio para oír y recibir notificaciones.
- Clave Única de Establecimiento del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles (SIAPEM).
- Denominación o nombre comercial del establecimiento mercantil y ubicación del mismo.
- Número de folio del recibo de pago de derechos, en su caso; y manifestar su aceptación y conocimiento de que la autoridad competente podrá determinar la modificación de las zonas autorizadas para la colocación de enseres al aire libre, por causas de movilidad, interés general.