Ciudad de México, abril 25, 2024 22:23
Alcaldía Benito Juárez Ciudad de México Marco Antonio Romero Sarabia Opinión

Ley de Democracia Directa y Democracia Participativa

Los artículos de opinión son responsabilidad exclusiva de sus autores.

POR MARCO ANTONIO ROMERO SARABIA

El pasado 11 de abril, en este mismo espacio, escribí un artículo titulado “La nueva Ley de Participación Ciudadana” en el que realicé una evaluación de los Comités Ciudadanos y los Consejos de los Pueblos a nueve años de su aparición en la Ciudad de México.

Ahí mismo señalo que estas figuras no han logrado despertar el interés de la población ya que no realizan asambleas ciudadanas ni reuniones de manera recurrente. Asimismo, han incurrido en prácticas clientelares debido a que los gobiernos delegaciones buscaron a toda costa infiltrarse en estos órganos para controlarlos y obtener beneficios políticos y electorales.

Foto: Especial

Ante esta situación, la semana anterior el Grupo Parlamentario de Morena en el Congreso de la Ciudad de México presentó la iniciativa de Ley de Democracia Directa y Democracia Participativa que se prevé sustituya a la Ley de Participación Ciudadana vigente.

¿Qué contiene esta nueva ley? A continuación, destaco los elementos más importantes:

  • Los Comités Ciudadanos ahora serán llamados “Comisión de Participación Comunitaria”, estarán conformados por 9 integrantes (al menos una persona menor a 29 años) y se votará por un hombre y una mujer, no por una planilla.
  • Se busca que el Presupuesto Participativo pase del 3 al 5 por ciento del presupuesto total de cada Alcaldía para que sea destinado a los proyectos ganadores.
  • La Comisión de Participación Comunitaria convocará a una Asamblea Ciudadana en donde se realizará un diagnóstico de las problemáticas de la colonia. Posteriormente, se registrarán los proyectos para el Presupuesto Participativo ante el Instituto Electoral de la Ciudad de México.
  • Los proyectos viables serán presentados en una Asamblea Ciudadana, en la cual se escogerá a los integrantes de un Comité de Ejecución y de Vigilancia, mismo al que serán entregados los recursos para la realización del proyecto ganador. De esta manera se le quitan las facultades anteriores a las Alcaldías.
  • Se regulan los mecanismos de democracia directa tales como iniciativa ciudadana, referéndum, plebiscito, consulta ciudadana, consulta popular y revocación de mandato.

 

Esta iniciativa busca cumplir una de las principales directrices de la Cuarta Transformación: “El pueblo pone y el pueblo quita”

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