Desde este viernes 4 de marzo, y sin que se haya dado la debida difusión a los alcances de la nueva legislación, los establecimientos mercantiles de impacto zonal de la ciudad de México podrán ampliar su horario de servicio hasta las 5:00 horas y la venta de bebidas alcohólicas hasta las 4:30 aunque sólo de jueves a sábado.
El gobierno capitalino publicó en la Gaceta Oficial el Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, cuyo objetivo es regular las disposiciones de esta legislación en materia de aforo y de seguridad en bares, cantinas y otros comercios de impacto zonal. El documento expone que de domingo a miércoles, el servicio podrá ser de 11:00 a 4:00 horas del día siguiente y el de venta de bebidas embriagantes de 11:00 a 3:30 horas, siempre y cuando se cumplan con los requisitos previstos en los artículos nueve a 13 de este reglamento.
Por su parte, el diputado local juarense Mauricio Tabe Echartea exhortó tanto a autoridades como a propietarios de los negocios a cumplir con sus disposiciones y evitar que se convierta en “letra muerta” esta recién modificada legislación. El también integrante de la Comisión de Fomento Económico de la ALDF subrayó que se requiere voluntad de todas y cada una de las partes involucradas para que esta ley se ejecute adecuadamente, con lo que seguramente mejorará el orden y se registrará una reducción de los riesgos tanto para los consumidores de los establecimientos como para terceros, que se ven afectados por los accidentes automovilísticos.
“No cambiará nada ni un ápice si la autoridad sigue cediendo a la corrupción, eso es un hecho; necesitamos voluntad de la autoridad para verificar, así como para que aplique la ley”, añadió el legislador panista.
En la Gaceta Oficial del GDF se aclara que el mencionado horario será permitido si el establecimiento cuenta con al menos dos detectores portátiles de metal y arcos en cada uno de los accesos, así como con la presencia en el lugar de un técnico en urgencias médicas registrado ante la Secretaría de Salud local.
El reglamento establece el aforo de clientes y de personal permitido para cada tipo de establecimiento, así como que éstos deberán contar con sistemas de seguridad.
También deberá elaborar un plan social de consumo responsable de bebidas embriagantes, que comprenda además la difusión de las consecuencias negativas de conducir bajo el influjo del alcohol, la prestación del servicio de transporte, los datos de sitios de taxis cercanos e identificación de conductor responsable.
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