Ciudad de México, diciembre 8, 2024 10:34
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Aclara SEDUVI que corresponde a las delegaciones verificar usos del suelo en construcciones y sancionar infracciones

Las Delegaciones del Distrito Federal están facultadas para revisar, suspender e inclusive, iniciar revocaciones de manifestación de construcciones y juicios de lesividad contra construcciones que violen la Norma 26, aclaró José Guadalupe Medina director de Asuntos Jurídicos de Seduvi.

Entrevistado por el diario Reforma, Medina explicó: “Al obtener un certificado de uso de suelo ante Seduvi corresponde a Seduvi verificar que este se dé en condiciones de utilidad para lo que fue expedido”. No obstante, precisó el funcionario, la Seduvi no tiene la facultad para verificar que las construcciones cumplan con lo que les permite un Certificado Único de Zonificación para Norma 26, por lo que es competencia de las Delegaciones, a través de su área jurídica, ordenarle al Invea las visitas de verificación.

Insistió en que “la gente piensa y en muchas ocasiones, los propios verificadores de la Delegación señalan, que el certificado lo expidió Seduvi y no pueden hacer nada”, pero aclaró: “Eso no es cierto, el certificado sí lo expide Seduvi y lo que tiene que hacer la Delegación es hacer la verificación de si se está cumpliendo o no lo que señala el certificado”. Bajo estos argumentos, observó Medina, las Delegaciones pueden, inclusive, ordenar verificaciones y suspensiones al Invea a construcciones que no respeten la altura permitida.

La nota de Reforma, firmada por la reportera Lorena Morales, indica que las Delegaciones deben verificar que las viviendas económicas que se construyen en sus demarcaciones cumplan con lo previsto con la Norma 26, indicó la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi).

La Norma 26 permite la construcción de viviendas de interés social de 65 metros cuadrados, con un precio máximo de 700 mil pesos, previa acreditación de una corrida financiera.n. Sin embargo los constructores inmobiliarios se han valido de esta normatividad para evadir las alturas permitidas en los Programas de Desarrollo Urbano Delegacionales y los Parciales de colonias con alta plusvalía para construir departamentos que son ofertados como de lujo.

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