Apruaban diputados Miscelánea Fiscal 2020; incluye reformas al ISR e IVA
STAFF/LIBRE EN EL SUR
La Cámara de Diputados aprobó la madrugada de este viernes por 300 votos a favor, 127 en contra y dos abstenciones, en lo general y en lo particular los artículos no reservados, el dictamen de la Miscelánea Fiscal 2020.
El dictamen aprobado reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto re la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado, Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y el Código Fiscal de la Federación, informó en un comunicado la Cámara de Diputados.
La presidenta de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Patricia Terrazas Baca, resaltó que el documento de la Miscelánea Fiscal es resultante del estudio, análisis y discusión de 71 iniciativas, cuya base fue la remitida por el Ejecutivo federal, el pasado 8 de septiembre.
Sobre el Impuesto Sobre la Renta, comentó que se elimina la propuesta de que las mujeres jefas de familia que se apoyan en las ventas por catálogo para subsanar sus gastos familiares cubrieran impuesto, otorgando, a su vez, una facultad al SAT para que diseñe un esquema que les simplifique sus pagos.
Se incluyeron también modificaciones a los procedimientos para la deducción de intereses, al ampliar el plazo a diez años y reconocer los efectos de la inflación. De igual forma, se incorporó la posibilidad de que los ejidos y comunidades puedan realizar actividades productivas y de transformación. Y se ajustó la Ley del ISR a los compromisos internacionales asumidos por México con el objetivo de combatir la erosión de la base tributaria.
En materia de economía digital, explicó que se consideraron cambios a diversos artículos con el objetivo de facilitar el pago de impuestos a quienes utilizan plataformas digitales para ofertar sus bienes o servicios, entre los que destacan modificar el bloqueo de la conexión por una suspensión de la página de Internet.
Igualmente, se amplía el plazo a partir del cual tendrán que cumplir con sus nuevas obligaciones; se simplifica y disminuye la retención del ISR cuando el usuario del servicio proporcione su RFC, lo que abre la posibilidad de que en el ejercicio de 2020 puedan emitir comprobantes simplificados.
En cuanto al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, fue modificada la propuesta para que la actualización de las cuotas aplicables a tabacos y bebidas saborizadas fuera con base en la inflación real y no estimada.
Respecto del Impuesto al Valor Agregado, mencionó que los principales cambios abarcan las disposiciones aplicables a la economía digital.
Se propone eliminar los servicios de publicidad y el almacenamiento de datos como servicios digitales, introduciendo supuestos para identificar la ubicación del receptor del servicio, facilitando que la información a proporcionar sea trimestral, en lugar de mensual.
Se plantea, además, un cálculo simplificado del impuesto, cuando no se puedan identificar los servicios gravados, de los exentos.
También integra la retención del cien por ciento del IVA cuando no se proporcione el RFC a la plataforma, de parte de los prestadores del servicio o quien concede el uso o goce temporal de bienes.
Respecto de las sanciones en economía digital, especificó, sólo podrán ser impuestas por un administrador general del SAT, y se propone delimitar cuándo serán sujetos de sanciones.
En el caso de la subcontratación laboral, precisó que, con el propósito de no afectar a los trabajadores, se proyecta que la retención sea del 6 por ciento del IVA, en lugar del 16 que incluía la iniciativa, por el efecto negativo e incierto en el cálculo de este gravamen acreditable.