Ciudad de México, octubre 11, 2024 21:30
Política

Frena la Suprema Corte por tiempo indefinido el ‘Plan B’ de AMLO

Podrá el INE seguir operando tal como lo hacía entes de la reforma impulsada por el Presidente, informa la Corte

El ministro Laynez admitió la demanda de Controversia Constitucional que interpuso el INE en contra del decreto que reforma la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

LIBRE EN EL SUR

El Ministro Javier Laynez  Potisek admitió una demanda de Controversia Constitucional interpuesta por el INE en contra de las reformas legales que modifican tanto su estructura como sus procedimientos conocido como el “Plan B” y concedió la suspensión solicitada, informó la SCJN a través de un comunicado oficial.

Según ese documento, el ministro Laynez admitió la demanda de Controversia Constitucional que interpuso el Instituto Nacional Electoral (INE)  en contra del decreto que reforma la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Asimismo, solicitó al Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal que presenten su contestación dentro del plazo legal.

En el comunicado, la Corte señala que la suspensión concedida dará paso a que “las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma”.

Este es el texto íntegro del comunicado:

El día de hoy el Ministro Ponente Javier Laynez Potisek admitió la demanda de Controversia Constitucional que interpuso el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del ‘Decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral’.

En este mismo Acuerdo, el Ministro Instructor solicitó a las autoridades demandadas (Congreso de la Unión y Ejecutivo Federal) que presenten su contestación dentro del plazo legal.

Aunado a lo anterior, el Ministro Instructor concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del Decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma.

Dicha suspensión fue otorgada debido a que el Decreto no sólo contiene normas de carácter general sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede.

Asimismo, la SCJN ha resuelto en ocasiones anteriores que en Controversias Constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión aun tratándose de leyes, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos. En el caso que nos ocupa se trata de la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía.

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