Ciudad de México, noviembre 21, 2024 14:03
Dinorah Pizano Osorio Opinión

La CNDH no debe renunciar a combatir la pobreza

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Reorientar el objeto de la CNDH significa renunciar a combatir las causas que originan la pobreza.

POR DINORAH PIZANO

El pasado 8 de junio, en el marco del aniversario de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), su titular Rosario Piedra Ibarra expresó su intención de transformarla en la Procuraduría de Pobres. “Esa es la tradición del Defensor del Pueblo en nuestro país, y la que hemos de reivindicar ahora, a 30 años del nacimiento de la CNDH y del agotamiento de su modelo de operación.” destacó.

La iniciativa de la ombusperson, tiene su origen en don Ponciano Arriaga Leija, quien fuera regidor del ayuntamiento de San Luis Potosí, diputado local, Secretario de Gobierno, entre otras importantes cargos, y promotor de la Procuraduría de Pobres, en 1847.

Tenía la particularidad de buscar defender a las personas pobres que incurrían en algún delito por hambre y que por mala fortuna, según su dicho, eran aprehendidas. Tal defensa, entonces, sería válida contra los abusos policiacos, de políticos, de militares, de jueces o incluso de la propia iglesia.

Decía el ilustre Ponciano Arriaga: “…este pueblo no puede ser libre ni republicano y mucho menos venturoso, por más que sea en constituciones y millones de leyes proclamen derechos abstractos, teorías bellísimas, pero impracticables, en consecuencia del absurdo sistema económico de la sociedad. “

Tal fue el antecedente directo de la CNDH. Ha pasado mucho en materia de derechos humanos desde entonces. Avances y retrocesos sustanciales, modificaciones a la Carta Magna, cruzadas ejemplares por demandas de reparación del daño a vulneraciones cruentas que nos han lastimado como país. Por ello es necesario analizar la medida que persigue Rosario Piedra, abandonando la politiquería fácil de atribuirla a un objetivo clientelar. 

¿Por qué Procuraduría de Pobres? Cuando uno de los objetivos de la CNDH, debería ser necesariamente el acabar con la pobreza. No sólo porque constituye una permanente laceración a la dignidad humana, sino porque además excluye a la población del ejercicio de su derecho a la ciudadanía, entre otros.

Reorientar el objeto de la CNDH significa renunciar a combatir las causas que originan la pobreza.

Nuestro México sigue discurriendo entre su historia y la utopía social. Es precisamente la Comisión Nacional de Derechos Humanos la que ha sido testigo de los hechos que han reivindicado la esperanza social que lo caracteriza, y también la que ha presenciado algunos de los que la han sepultado.

Para acceder a una sociedad justa, contamos con sus acciones de igualdad y equidad. Reorientar sus trabajos en favor de la pobreza, significaría también renunciar a combatir las causas que la originan y al derecho de esa sociedad, a la movilidad social.

La injusticia debe combatirse desde la raíz de las estructuras sociales, de otra forma sería imposible construir condiciones de igualdad entre las personas. Lo anterior, toda vez a pesar de que existe una idea generalizada de personas en condición de pobreza, que siempre ha formado parte de nuestro imaginario.

Las estructuras que no impulsan el crecimiento de las personas, pero tampoco se ocupa de hacerles saber y defender sus derechos, se convierten en cómplices de su pobreza.

Pero, ¿qué sucede si tampoco compromete a la ciudadanía, como garante de los derechos humanos, con las causas justas? Porque es precisamente entre los actos de injusticia que vulneran derechos y entre promover la esperanza de acceder a una mejor situación socioeconómica, y al mayor desarrollo de sus capacidades, donde debería encontrar la CNDH, su mayor razón de ser.

Por otro lado y desde la perspectiva de DDHH (derechos humanos), la propuesta que hace Rosario Piedra de convertir a la CNDH en Procuraduría de Pobres, basada en el supuesto de que únicamente los pobres son víctimas de vulneraciones a sus derechos, no sólo es irreal y omiso; es un postulado en sí mismo discriminatorio, contrario a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, que los apuntalan.

Finalmente, modificar el objeto principal de defender a la persona humana, en toda su complejidad, en toda su extensión, y en todo su significado, y redirigirlo en cambio únicamente a las personas objeto del apoyo directo del Estado, podría tratarse del tiro de gracia a la Institución defensora de derechos humanos. Aún es tiempo de que la ombudperson reflexione.

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